ORDENA QUE SE CUMPLA COMO LEY DE LA REPUBLICA LA CONVENCION SOBRE PRERROGATIVAS E INMUNIDADES DE LAS NACIONES UNIDAS


    Núm. 794.

    GABRIEL GONZALEZ VIDELA, Presidente de la República de Chile.

    Por canto la República de Chile adhirió, con fecha trece de Febrero de mil novecientos cuarenta y seis, a la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas.

    Y por cuanto la mencionada Convención ha sido ratificada por mí, previa aprobación del Congreso Nacional, y la ratificación ha sido depositada en la Secretaria de las Naciones Unidas en Lake Suecess, New York, el día quince de Octubre de mil novecientos cuarenta y ocho.
    Por tanto, y en uso de la facultad que me confiere la parte 16 del artículo 72 de la Constitución Política del Estado, dispongo y mando que se cumpla y lleve a efecto en todas sus partes como ley de la República, publicándose copia autorizada de su texto en el "Diario Oficial"
    Dado en la Sala de mí Despacho y refrendado por el Ministro de Estado en el Departamento de Relaciones Exteriores, en Santiago de Chile, a los veintisiete días del mes de Octubre del año mil novecientos cuarenta y ocho. - GABRIEL GONZALEZ VIDELA. - Germán Riesco E.