Artículo 14.- Modifícase el decreto ley N°824, que aprueba texto que indica de la Ley sobre Impuesto a la Renta, del siguiente modo:
1. Reemplázase en el número 2 del inciso cuarto del artículo 31 la expresión "establecido en el artículo 64 bis en el ejercicio en que se devengue, ni de bienes raíces", por la voz "territorial".
3. Reemplázase el número 2 del artículo 65 por el siguiente:
"2. Los contribuyentes gravados con el impuesto contenido en la Ley sobre Royalty a la Minería.".
4. Elimínase la letra h) del artículo 84.
5. Suprímese el inciso final del artículo 90.
6. Sustitúyese el número 2 del artículo 93 por el siguiente:
"2. Impuesto establecido en la Ley sobre Royalty a la Minería.".
7. Sustitúyese el número 2 del artículo 94 por el siguiente:
"2. Impuesto establecido en la Ley sobre Royalty a la Minería.".