Artículo 64.- Agrégase en la letra c) del artículo 162 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, entre las palabras "dependencia" y "del", la expresión "o supervigilancia".