La presente ley, extiende el plazo de cierre para entregar nuevas concesiones en acuicultura, lo que permite modificar distintos cuerpos legales como modificar la ley N° 20.434, que modifico la ley de pesca y acuicultura en materia de acuicultura, la ley N° 20.583, que modifica normas sanitarias y de ordenamiento territorial para las concesiones de acuicultura, la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, ampliando en 5 años la causal de caducidad de la concesión y suspende el ingreso de solicitudes, cualquiera sea la especie o grupo de especies en la Región de los Lagos.
     
    Artículo 3º.- Modifícase el literal n) del artículo 142 de la ley Nº 18.892, General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 430, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, promulgado el año 1991 y publicado el año 1992, en los términos que siguen:

    1) Reemplázanse las palabras "concesiones que" por "concesiones de peces que".
    2) Suprímese la expresión "al 8 de abril de 2015".