SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES
CIRCULAR N° 1749
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
E INSTITUCIONES FINANCIERAS
CIRCULAR N° 3.517
SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS
NORMA DE CARACTER GENERAL N° 300
VISTOS: Las facultades que confiere a estas Superintendencias, el inciso sexto
N° 3.500, de 1980, en relación con el artículo vigésimo transitorio de la Ley
N° 20.255, se imparten las siguientes instrucciones de cumplimiento obligatorio
para todas las Administradoras de Fondos de Pensiones, las Instituciones
Autorizadas y el Instituto de Previsión Social.
REF. : Establece regulaciones comunes en relación con cotizaciones voluntarias,
depósitos convenidos y depósitos de ahorro previsional voluntario. Modifica
Circular N° 1.533 de la Superintendencia de Pensiones, Circular N° 3.445 de la
Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y Norma de Carácter
General N° 226 de la Superintendencia de Valores y Seguros.