"Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 391 del Código Penal:
1.- Sustitúyense, en el número 1º, la frase "presidio mayor en su grado medio" por "presidio mayor en su grado máximo".
2.- Reemplázase el número 2º por el siguiente:
"2º Con presidio mayor en su grado medio en cualquier otro caso.".