Reforma la Constitución y modifica la fecha de elecciones de Presidente de la República.

El objeto de esta ley es modificar, transitoriamente, la fecha de elección de Presidente de la República y de parlamentarios, en atención a que, conforme a la actual norma constitucional, la fecha de los comicios debería tener lugar el día viernes 11 de diciembre de 2009.

De acuerdo al mensaje del Ejecutivo que dio lugar a esta normativa, en el contexto de la crisis económica que afecta al mundo y a Chile, un feriado adicional supone un importante golpe a la economía nacional y a fin de evitar los efectos negativos de lo señalado, se cambia para un día domingo la fecha de los comicios.

Esta ley contiene un artículo único que incorpora una disposición transitoria a la Constitución Política, estableciendo que las próximas elecciones presidenciales y parlamentarias se llevarán a cabo el día domingo 13 de diciembre de 2009. En caso de realizarse una segunda vuelta, ésta tendrá lugar el día domingo 17 de enero de 2010.

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    "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República:
    a) Agrégase en el final del inciso primero del artículo 26, sustituyendo el punto aparte (.) por una coma (,) lo siguiente:
    "si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará el domingo inmediatamente siguiente.".
    b) Sustitúyese el inciso tercero del artículo 27, por el siguiente:
    "El Congreso Pleno, reunido en sesión pública el día en que deba cesar en su cargo el Presidente en funciones y con los miembros que asistan, tomará conocimiento de la resolución en virtud de la cual el Tribunal Calificador de Elecciones proclama al Presidente electo.".
    c) Intercálase en el inciso segundo del artículo 28, a continuación del punto seguido (.) que sigue a las expresiones "Ley de Elecciones", lo siguiente:
    "La elección deberá efectuarse en un día domingo.".
    d) Intercálase en el inciso cuarto del artículo 29, a continuación de la expresión "convocatoria", sustituyendo el punto seguido (.) por una coma (,), lo siguiente:
    "si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará el domingo inmediatamente siguiente.".".